Sexenios de Zedillo y Peña Nieto
Recuerdo, en el sexenio de Enrique Peña Nieto, una conversación con Jesús Murillo Karam, entonces titular de la Procuraduría General de la República, antes de que su trayectoria quedara marcada por el caso Ayotzinapa.
Hablamos de una extradición. No recuerdo el nombre del presunto delincuente en cuestión —señal de que no era particularmente relevante—, pero sí me quedó grabado un debate dentro del gabinete de Peña Nieto: si México debía o no complacer a Estados Unidos facilitando la entrega de narcotraficantes.
Murillo se oponía. Del otro lado, el gabinete económico —Luis Videgaray, José Antonio Meade— presionaba a favor de extraditar, con el argumento de no entorpecer la relación económica bilateral.
El procurador general en aquel gobierno sostenía otra tesis: las extradiciones, más que debilitar al crimen organizado, solo alimentaban el espectáculo mediático.
Los extraditados, decía Murillo Karam, para obtener beneficios en el sistema estadounidense relataban historias —ciertas o no— sobre la política mexicana que terminaban amplificadas por medios como Reforma o Proceso. Más ruido que resultados, pues.
Ahora mismo, con el caso Rocha Moya, estamos viendo una posible extradición que solo genera algarabía entre la comentocracia deseosa de pasar facturas a la 4T y a la presidenta Claudia Sheinbaum.
Añado a lo anterior un dato. Hablé en estos días con un juez mexicano ya retirado —después de décadas en toda clase de juzgados, llegó a la SCJN—. Me comentó que en tiempos de Ernesto Zedillo, y desde antes, la extradición de nacionales era excepcional. Y es lógico que así haya sido: en cualquier país es más fácil extraditar extranjeros que a los propios ciudadanos.
Facultad potestativa por nacionalidad
El tratado de extradición entre México y Estados Unidos contempla la llamada facultad potestativa por nacionalidad: el Estado requerido puede negarse a extraditar a sus ciudadanos.
Pero conviene precisar: no se trata de una soberanía absoluta, sino de una facultad discrecional condicionada. Al ejercerla, el Estado asume el principio “aut dedere aut judicare”: “o entrega al acusado, o lo juzga”. Es decir, negarse a extraditar obliga a actuar, no a inmovilizarse.
Un caso ilustrativo: en 2018, España rechazó entregar a una ciudadana española acusada de secuestro en Guanajuato. Decidió juzgarla en su propio territorio, invocando incluso razones humanitarias sobre el sistema penitenciario mexicano. México aportó todas sus pruebas; España procesó el caso y finalmente absolvió a la acusada. Fue una decisión soberana, y México la aceptó.
Foro preferente: más que territorio
A menudo se confunde el foro preferente con una simple regla territorial. No lo es. Se trata más bien del criterio para determinar qué país está en mejor posición para juzgar eficazmente un caso cuando varias jurisdicciones pueden hacerlo.
El foro preferente debe considerar respuestas a las siguientes preguntas: dónde ocurrieron los hechos, dónde se produjo el daño, dónde están las pruebas, y, sobre todo, qué Estado puede juzgar con mayor eficacia.
La territorialidad pesa, pero no decide por sí sola. El reto de México en el caso de Rubén Rocha Moya es argumentar con gran solidez que puede apelar al foro preferente y a la facultad potestativa por nacionalidad.
Pienso que México tiene bases para sostener que podría juzgar en nuestro territorio al gobernador de Sinaloa y a otros acusados.
Ello es así por dos motivos: Por nacionalidad, México puede negarse a extraditar. Por territorialidad, los hechos y sus efectos principales estarían en México.
Pero hay que subrayarlo, el argumento solo se sostiene si se cumple una condición clave: demostrar capacidad real de juzgar. No basta invocar soberanía; hay que ejercerla convenciendo con hechos de que el poder judicial mexicano tiene autonomía plena. El caso Rocha Moya es una excelente oportunidad para refutar tantas mentiras contra la judicatura de nuestro país.
La dimensión política (sin ingenuidad)
Sería ingenuo negar que existen razones políticas en el caso Rocha Moya tanto en México como en Estados Unidos.
En términos de la soberanía, ceder el juicio de un gobernador en funciones a una potencia como EEUU implicaría un costo institucional, que los grupos conservadores de allá, aliados de la ultraderecha mexicana, utilizarían para golpear a nuestro gobierno.
En lógica de controlar el impacto interno, un proceso en México permitiría administrar las consecuencias políticas que podrían usarse con propósitos de desestabilización.
Si consideramos la posición de nuestra nación en el mundo, sobre todo el liderazgo de la presidenta Claudia Sheinbaum, aceptar sin más la jurisdicción extranjera debilita, para decirlo en lenguaje neoliberal, la marca México.
La política no debe sustituir al derecho
Hay que decirlo con claridad, las razones políticas, ni las mexicanas ni las estadounidenses, deben sustituir al derecho.
Así las cosas, hay una condición ineludible para ejercer el foro preferente y para apelar a la facultad potestativa por nacionalidad: debe haber en México una investigación a Rocha Moya durísima y que lleve a un proceso judicial efectivo que con absoluta transparencia genere una sentencia creíble, la que sea.
No le deseo ningún mal a Rubén Rocha Moya, pero el gobernador de Sinaloa ya está, no dudo que injustamente, en un problema grave del que solo saldrá —pensando en su bienestar futuro y especialmente en no provocar una crisis mayor para México—, si colabora para que nuestro sistema de justicia investigue con toda seriedad y judicialice sin subordinar la aplicación de las leyes a las necesidades de la política, esto es, para que el mexicano acusado en EEUU sea juzgado con rigor paradigmático.
¿Cómo puede colaborar Rocha Moya con su propia causa y apoyar a la presidenta Sheinbaum a superar la crisis? Renunciando a su fuero de gobernador y exigiendo que se le investigue, en el entendido de que tiene órdenes de aprehensión en Estados Unidos y, por lo tanto, deberá tolerar que se le sujete a un proceso en el que se le establecerán medidas cautelares como la prisión preventiva o la libertad condicionada a las duras reglas de un proceso.
Si no ocurriera así, la soberanía sería solo un pretexto para evadir indebidamente tratados internacionales que deben ser respetados.
La posible salida
Reitero, para que esta ruta tuviera viabilidad política y legal, implicaría decisiones difíciles: la renuncia al fuero, la comparecencia ante la Fiscalía General de la República, encabezada por Ernestina Godoy, y la aceptación de medidas cautelares. Solo así podría construirse un argumento creíble de foro preferente.
Conclusión
México, jurídicamente y sin violentar los tratados con EEUU, puede quedarse con el caso invocando nacionalidad, territorialidad y soberanía.
Pero solo una de dos ecuaciones posibles dejará firme el prestigio de México: “soberanía + capacidad de juzgar con todo rigor en México = legitimidad que no podrá cuestionar EEUU”.
La otra ecuación que podría darse solo generaría problemas: “soberanía sin enjuiciar con gran severidad al acusado en EEUU = debilidad institucional”.