Un proceso crucial para el acceso a la justicia
En el estado de Chihuahua, colectivos de madres buscadoras, familias con expedientes rezagados y personal ministerial que opera con deficiencias materiales enfrentan una coyuntura decisiva. Actualmente, el Congreso local discute los lineamientos para designar al primer titular de la Fiscalía General Autónoma, un nombramiento que regirá la procuración de justicia durante los próximos ocho años.
Tras avanzar por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales rumbo al Pleno, el modelo actual contempla que el Poder Ejecutivo envíe una terna para su evaluación legislativa. No obstante, la negativa de implementar un parlamento abierto ha generado inquietud debido a la rapidez y reserva con la que se estructuran las bases de este organismo clave.
La importancia del procedimiento en la autonomía
Si bien la transición hacia la autonomía representa un pendiente histórico frente a la dependencia actual del Ejecutivo, los especialistas advierten que una nueva denominación institucional no garantiza un cambio sustancial por sí sola. El núcleo del problema radica en el método de selección y en los artículos transitorios.
De acuerdo con la crítica jurídica, el orden en el proceso resulta determinante. Si la terna se define antes de un escrutinio abierto, la deliberación se limita a opciones preseleccionadas en lugar de evaluar a la totalidad de perfiles competentes en la entidad. El esquema ideal exige una convocatoria pública con registro abierto, reglas de evaluación inalterables, expedientes públicos, exámenes técnicos, comparecencias transmitidas en vivo y un dictamen fundamentado antes de conformar la propuesta final.
Criterios indispensables de idoneidad
Organizaciones como la Federación Estatal Chihuahuense de Colegios de Abogados y el Colegio de Juristas recalcan que los estándares internacionales exigen procesos basados en el mérito, la transparencia y los derechos humanos. Por ello, proponen candados específicos que garanticen la idoneidad del cargo:
- Requisitos estrictos de integridad: Cero antecedentes de condenas, inhabilitaciones o señalamientos por violaciones graves a derechos humanos como tortura o desaparición forzada.
- Distancia real del poder: Inelegibilidad para exfuncionarios de gabinete recientes y actores partidistas de los últimos procesos electorales.
- Incompatibilidad con despachos privados: Separación total y pública de firmas legales, con obligación de excusa en asuntos previos.
- Experiencia probada: Trayectoria sustentada en carpetas judicializadas y sentencias firmes.
- Plan de política criminal público: Metas medibles en delitos de alto impacto como homicidios, feminicidios y extorsión.
Los transitorios y el control de legalidad
El éxito de la reforma también depende de disposiciones transitorias firmes que eviten el pase automático de funcionarios actuales, garanticen un piso presupuestal inalienable y establezcan un servicio profesional de carrera con percepciones dignas. Asimismo, la experiencia reciente relacionada con operativos y tensiones institucionales derivadas de la participación de agentes externos subraya la necesidad de blindar la soberanía estatal. Los especialistas recuerdan que la autonomía estatal no significa política exterior propia, por lo que las restricciones legales sobre la colaboración internacional deben quedar firmemente establecidas.
Ante este escenario, la abogacía organizada advierte que mantendrá un comité de seguimiento para evaluar públicamente el perfil que resulte seleccionado, exigiendo un procedimiento que resista el escrutinio social y garantice una institución imparcial para toda la ciudadanía.
