Conoce las demarcaciones capitalinas con restricciones en la venta de alcohol por el Grito
Las celebraciones por el aniversario de la Independencia de México traen consigo una serie de normativas para mantener el orden público. Con motivo de los festejos patrios, diversas demarcaciones territoriales de la capital del país han decretado restricciones temporales en la comercialización de bebidas embriagantes. De acuerdo con los lineamientos dados a conocer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la prohibición afectará tanto a comercios locales como a grandes cadenas en puntos estratégicos del territorio metropolitano.
Las autoridades locales recordaron a la ciudadanía que estas acciones buscan prevenir altercados y salvaguardar la seguridad durante las conmemoraciones cívicas. Por ello, antes de planear cualquier reunión o festejo en casa, es fundamental revisar el calendario y las zonas específicas donde operará esta disposición gubernamental.
Alcaldías de la CDMX con prohibición de bebidas alcohólicas
El territorio capitalino aplicará la medida de forma focalizada o general dependiendo de cada demarcación. Las zonas que han confirmado restricciones en sus horarios de venta son las siguientes:
- Iztapalapa: Aplicará los días 15 y 16 de septiembre, en un horario de 00:00 a 23:59 horas, abarcando toda la demarcación.
- Xochimilco: La suspensión estará vigente los días 14, 15 y 16 de septiembre, de 00:00 a 23:59 horas, extendiéndose por pueblos, barrios y colonias.
- Tláhuac: La medida se mantendrá del 14 al 16 de septiembre en la totalidad de su territorio.
- Tlalpan: La restricción operará únicamente en polígonos específicos del 14 al 16 de septiembre, prolongándose hasta el 17 en ciertos puntos.
Impacto comercial y excepciones en los establecimientos
La normativa afecta directamente a una amplia gama de negocios dedicados a la comercialización de productos con graduación alcohólica. Entre los establecimientos contemplados en los acuerdos oficiales se encuentran las vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para vinos y licores, tiendas departamentales y comercios de autoservicio.
Asimismo, queda prohibido el expendio gratuito o comercialización de bebidas embriagantes en ferias, romerías, kermeses y festejos populares organizados en la vía pública. No obstante, existen excepciones puntuales para la industria restaurantera. En demarcaciones como Xochimilco, los establecimientos mercantiles de impacto vecinal y zonal que operen con venta de alimentos preparados y cuenten con autorización para ofrecer alcohol al copeo podrán hacerlo, siempre y cuando se apeguen estrictamente a los horarios establecidos en sus licencias de funcionamiento.
Restricciones en el Estado de México
La medida no se limita exclusivamente a la capital del país. Dentro de la Zona Metropolitana del Valle de México, los municipios de Ecatepec y San Mateo Atenco también se sumaron a las disposiciones oficiales. En ambas localidades mexiquenses, la prohibición para comercializar productos alcohólicos iniciará el 15 de septiembre a las 00:00 horas y concluirá a las 23:59 horas del 16 de septiembre.
Sanciones para quienes infrinjan la disposición
Las personas que desobedezcan las disposiciones publicadas en la Gaceta Oficial se exponen a sanciones severas por parte de las autoridades competentes. Los infractores podrán ser presentados ante el Juzgado Cívico para determinar su castigo conforme a la normatividad vigente.
Entre los castigos económicos y administrativos estipulados se encuentran:
- Multas económicas: Sanciones que van de 21 a 30 unidades de medida, equivalentes a sumas de entre $2,375 y $3,394 pesos.
- Arresto administrativo: Privación de la libertad por un periodo de 25 a 36 horas.
- Trabajo comunitario: Jornadas obligatorias de 12 a 18 horas.
Adicionalmente, los comercios que ignoren la prohibición y continúen comercializando bebidas alcohólicas durante los días señalados enfrentarán procesos administrativos que podrían derivar en la clausura definitiva del establecimiento mercantil.
