Estás exento: estos son los usuarios que no deben registrar su línea de celular
La obligación de vincular las líneas de telefonía móvil con la CURP continúa avanzando en México como parte de la estrategia para combatir delitos como la extorsión y el fraude telefónico. Sin embargo, no todos los usuarios están obligados a realizar este trámite, ya que los lineamientos contemplan excepciones específicas para ciertos tipos de líneas y situaciones extraordinarias.
De acuerdo con la normativa vigente, están exentas las tarjetas SIM que técnicamente no permiten realizar llamadas de voz, enviar mensajes SMS o conectarse a internet, como ocurre con algunos dispositivos de uso especializado. Asimismo, en casos de emergencia o desastre natural, las autoridades pueden autorizar temporalmente la activación de líneas sin necesidad de registro, con el fin de garantizar la comunicación en las zonas afectadas.
Fuera de estos supuestos, todas las demás personas deberán vincular su número telefónico con su CURP dentro de los plazos establecidos por la autoridad. Quienes no cumplan con el registro podrían enfrentar la suspensión de los servicios de su línea, conservando únicamente la posibilidad de realizar llamadas de emergencia y comunicarse con su proveedor de telefonía para regularizar su situación.
Las autoridades también aclararon que el procedimiento no contempla la recopilación de datos biométricos, sino únicamente información básica como el nombre y la CURP del titular de la línea. El objetivo es que cada número telefónico esté plenamente identificado para dificultar el uso anónimo de celulares en actividades delictivas, mientras que los operadores deberán resguardar la información conforme a la legislación de protección de datos personales.
